Ávilared / El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado el decreto que regula las pruebas de aptitud para la obtención de la licencia de caza en Castilla León, por el que los nuevos aspirantes a cazadores tendrán que someterse a un examen de tipo test.
El decreto se estructura en un preámbulo, cinco artículos y dos disposiciones finales. Los dos primeros artículos establecen el objeto del decreto y el ámbito de aplicación, el tercer artículo desarrolla el examen del cazador como un cuestionario tipo test de veinte preguntas cuya superación es requisito indispensable para la obtención de la licencia de caza. Los dos últimos artículos definen el certificado de aptitud y los efectos de su expedición para obtener la licencia.
La disposición final primera establece a la consejería competente en materia de caza a dictar las disposiciones que sean necesarias para la ejecución y desarrollo del presente decreto y la segunda determina la entrada en vigor de la norma a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
La norma se aplicará para todas aquellas personas que pretendan obtener la licencia de caza en Castilla y León. No obstante, no deberán realizar las pruebas de aptitud los cazadores que hayan poseído en cualquier momento de los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor del decreto, la licencia de caza en Castilla y León. Tampoco tendrán que realizar la prueba los cazadores españoles y extranjeros que demuestren documentalmente que hayan poseído en cualquier momento de los cinco años anteriores una licencia de caza expedida por cualquier comunidad autónoma o documento acreditativo de la habilitación para el ejercicio de la caza emitida en otro país.
Requisitos y examen
El examen consistirá en un cuestionario tipo test de veinte preguntas seleccionadas previamente por el servicio de caza de la Junta de Castilla y León y con materias concretas del temario. Se dará traslado de dichas preguntas a los servicios territoriales en materia de caza con el fin de que el examen sea idéntico en todas las provincias.
La prueba se realizará en un plazo máximo de una hora y el temario versará sobre el conocimiento de la legislación de caza, las especies cinegéticas, las especies protegidas y sobre los distintos medios y modalidades de caza. El índice y contenidos del mismo estarán disponibles en la página web de la Junta de Castilla y León en el apartado de caza y pesca y en las oficinas de los servicios territoriales competentes en la materia.
La convocatoria para realizar el examen será anual mediante resolución de la Dirección General de Medio Natural y los interesados en concurrir al examen deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que se facilitará junto con las convocatorias para la realización de la prueba. En cada servicio territorial se constituirá un tribunal que será el responsable de calificar los resultados obtenidos por los participantes.
El tribunal estará compuesto por la presidencia -persona titular del servicio territorial o persona en quien delegue-, secretaría -persona titular de la unidad de secretaría técnica o personal técnico de la unidad en quien delegue-, dos vocalías -persona titular de la sección de caza o personal técnico que designe el titular del servicio territorial, y un representante de la Federación de Caza de Castilla y León.
Cada respuesta correcta se valorará con un punto, siendo la máxima nota posible a obtener en el examen 20 puntos. Cada pregunta no contestada descontará 0,10 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,25 puntos siendo necesaria una nota mínima de 10 puntos para superar el examen.
Certificado de aptitud
Una vez calificado el examen se formulará la propuesta de aspirantes que han superado la prueba a la consejería que resolverá sobre la propuesta formulada y expedirá un certificado de aptitud a las personas que hayan superado la prueba. Los resultados se publicarán en la página web de la Junta, en el apartado de caza y pesca, y en los tablones de anuncios de los servicios territoriales de medio ambiente.
La certificación de aptitud permitirá al interesado obtener la primera licencia de caza bien de forma telemática a través de la página web o de forma presencial en las oficinas. Bajo el principio de reciprocidad, el certificado es válido para cazar en cualquiera de las comunidades autónomas que hayan implantado un sistema de examen de cazador, y también podrán hacerlo aquellos cazadores extranjeros poseedores de documentación de caza equivalente emitida en otro país presentando copia fiel de ese documento acompañada de traducción jurada al castellano.
La Junta cumple el compromiso adquirido con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las comunidades autónomas de Castilla La Mancha, Extremadura y Madrid para el desarrollo de la licencia interautonómica de caza en los cuatro territorios.
El decreto ha seguido un proceso participativo según la legislación autonómica, ya que ha sido informado por el Consejo Asesor de Medio Ambiente, ha pasado el período de información pública, audiencia a instituciones y organismos como la Federación de Caza, Colegio de Ingenieros de Montes y de Técnicos Forestales, SEO-Birdlife, WWF-Adena, ASDEN, Ecologistas en Acción, ASCEL, entre otras. También ha estado a disposición pública en Gobierno Abierto, ha sido informado en el Consejo Regional de Caza, se ha dado audiencia a las consejerías, y se ha sometido a dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León.
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